Este instrumento permite destinar recursos del presupuesto del año en curso para el financiamiento de medidas, como la entrega de forraje o de alimento para abejas, y es declarado por solicitud de cada Delegación Presidencial Regional.
La Emergencia Agrícola por déficit hídrico es declarada por el Ministerio de Agricultura a través de una resolución que determina el fenómeno climático que causa la emergencia y las comunas que se incluyen en la declaración.
Diego de Almagro, Chañaral, Tierra Amarilla, Copiapó, Alto del Carmen, Vallenar, Freirina y Huasco.
Todas las comunas.
Todas las comunas de las provincias de Petorca, San Antonio, San Felipe de Aconcagua, Los Andes, Marga Marga, Valparaíso y Quillota (con excepción de la comuna de Juan Fernández).
Provincia de Chacabuco (Lampa, Colina y Til Til).
Provincia de Cardenal Caro (La Estrella, Litueche, Marchigüe, Navidad, Paredones y Pichilemu).
Provincia Diguillín (Bulnes, Chillán Viejo, Chillán, El Carmen, Pemuco, Pinto, Quillón, San Ignacio y Yungay.
(Todas las comunas)
(Todas las comunas)
(Todas las comunas)
Comunas de Coyhaique, Aysén, Lago Verde, Río Ibáñez, Chile Chico, Cochrane, Cisnes, Tortel y O’Higgins de la región de Aysén.
(Todas las comunas)
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